Ley N° 20.285 - sobre Acceso a la Información Pública
No aplica, atendido que esta Institución es un ente privado que no se encuentra obligada a declarar patrimonio e intereses de sus colaboradores. Sin perjuicio de lo anterior, según el artículo 12 bis de la ley 19.886, los trabajadores de la Fundación que participen en procesos de compras públicas deberán realizar una declaración de patrimonio e intereses, en la forma dispuesta en la ley Nº 20.880, sobre probidad en la función pública y prevención de los conflictos de intereses, y actualizarla conforme a lo dispuesto en dicha ley.